El Concejo Deliberante de San Francisco votará hoy nuevas y más duras sanciones para los eventos prohibidos en pandemia. Se penará a organizadores, promotores y/oparticipantes de estas reuniones no autoridades. En el caso de los menores, responderán los padres.
El Concejo Deliberante debatirá hoy un proyecto de ordenanza por medio del cual se establece una prórroga de la emergencia sanitaria en San Francisco hasta el próximo 31 de diciembre de 2021, lapso en el que se otorgará al Ejecutivo Municipal "herramientas necesarias, eficaces y transparentes" para frenar los contagios de coronavirus.
Entre otros puntos, la ordenanza contempla endurecer sanciones a quienes violen las medidas sanitarias y en ese sentido, aplicar multas más severas a quienes participen de las denominadas fiestas clandestinas o todo tipo de reuniones sociales no autorizadas.
La legislación, en su artículo 2º, prevé que los infractores deberán hacer frente a multas que oscilan entre $ 114.500 y $ 1.145.000 para quienes organicen, sean propietarios del inmueble donde se realicen o asistan a estos encuentros.
El proyecto será analizado en la sesión de hoy y su aprobación por mayoría del oficialismo es cantada y espera que los bloques de la oposición acompañen.
Si son menores, responderán los padres
El concejal Gustavo Bocca (Hacemos por Córdoba) comentó a LA VOZ DE SAN JUSTO que "según esta ordenanza, la medida sancionatoria alcanzará no solo a los organizadores de estos encuentros no autorizados sino que también serán sancionados los asistentes al evento, los padres o tutores en caso de que los asistentes sean menores de edad y a los propietarios, poseedores o tenedores del inmueble donde se constate la infracción".
Se establece además que los infractores a esta prohibición que sean alcanzados con las multas, podrán pagar hasta el 50 % del valor de la pena recibida con la realización de trabajos comunitarios.
"De esta manera, en caso de recibir una multa correspondiente al importe menor, el infractor deberá abonar la mitad (unos $ 57.250) en efectivo y el resto podrá ser cubierto con tareas comunitarias, que definirá el Juzgado Administrativo de Faltas", explicó el edil.
Este beneficio será otorgado siempre y cuando el infractor se presente a abonar la multa dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación.
Para calcular la duración del trabajo comunitario necesario para completar el pago de la multa, el concejal Bocca adelantó que "el valor de cada hora es equivalente a 10 unidades de multa". De esta manera, si se tiene en cuenta que la multa mínima equivale a 1.000 unidades de multa, se debe entender que, para abonar la mitad de la multa, el infractor deberá cubrir 50 horas de trabajo comunitario. Las Unidades Fijas (UF) de multa se calculan en relación al costo de medio litro de nafta.
Fuente: La Voz de San Justo